¿Prohibiciones culturales o permanentes?

Pregunta: 

En I Corintios 14:26,33-35 y I Timoteo 2:11-15 se refiere a que la mujer no debe hablar en el culto. ¿Se refiere a nuestros días o era en los tiempos de Pablo por el carácter de la iglesia de Corinto?

 


Respuesta:

Los principios presentados en dichos textos NO se basan en costumbres sociales limitadas a aquel tiempo sino en la voluntad de Dios para toda época.

En la carta a Timoteo (quien predicaba en Efeso en ese tiempo) Pablo aclara que hay 2 bases para esta restricción en la actividad de la mujer en la iglesia: (1) "Porque Adán fue formado primero, después Eva"; y (2) porque "Adán no fue engañado, sino que la mujer, siendo engañada, incurró en transgresión" (I Timoteo 2:13,14).

Por tanto, se trata de un principio que viene desde la creación del mundo y el pecado en el huero de Edén. Es un principio aplicable en toda cultura y todo tiempo para la iglesia del Señor.